viernes, 6 de noviembre de 2015

El Senado otorgó media sanción a la regulación de la actividad de los peritos auxiliares de la justicia

En la sesión del jueves de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se otorgó media sanción al Proyecto de Ley presentado por senador Miguel Lifschitz (PS-FPCS-Rosario), acompañado del senador Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), -ambos presidentes del Bloque del FPCyS- con el objeto de regular la actividad de los peritos especialistas que actúan como auxiliares de la justicia en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, a través de 22 artículos aprobados por unanimidad.
Prensa Senador Michlig | 
El Senado otorgó media sanción a la regulación de la actividad de los peritos auxiliares de la justicia

Importancia de la regulación
Se destaca que el proceso judicial se nutre, para la confirmación de los hechos invocados por las partes, del aporte fundamental de profesionales de las distintas disciplinas que actúan bajo la figura de peritos, informando de manera auxiliar al juez sobre las cuestiones relativas a su arte y ciencia. Ello convierte a tan importante figura procesal en unactor principal en la administración de justicia al momento en que las partes deben rendir la prueba que hace a su derecho.
 Con el presente proyecto de ley, elaborado en colaboración con los Colegios Profesionales con la participación de los propios peritos, “queremos establecer una regulación integral para todas las especialidades, indicando sus deberes: realización personal de la labor pericial; comparecencia personal ante el juez cada vez que éste lo requiera; observancia de las reglas de lealtad, imparcialidad y buena fe; y la debida confidencialidad y guarda del secreto profesional”, se explica en los fundamentos.
Protección de aportes y honorarios
Asimismo se prevén las distintas situaciones ante la conclusión del proceso sin sentencia, intentando dar una mayor protección a la posibilidad de cobro de los honorarios profesionales y, en el mismo sentido, se indica la obligación de pago por cada una de las partes.  También se hace referencia a la obligación de las partes respecto del pago de los aportes a los Colegios Profesionales.
 Los propulsores de la iniciativa resaltaron que “la normativa propuesta dará respuestas a muchas inquietudes que los profesionales que actúan como auxiliares de la justicia vienen planteando desde hace tiempo, en forma integral y para todas las especialidades”.Proyecto de Ley de Lifschitz y Michlig
El Senado otorgó media sanción a la regulación de la actividad de los peritos auxiliares de la justicia
En la sesión del día de ayer de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, se otorgó media sanción al Proyecto de Ley presentado por  senador  Miguel Lifschitz (PS-FPCS-Rosario), acompañado del senador Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), -ambos presidentes del Bloque del FPCyS-  con el objeto de regular la actividad de los peritos especialistas que actúan como auxiliares de la justicia en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, a través de 22 artículos aprobados por  unanimidad.
Importancia de la regulación
Se destaca que el proceso judicial se nutre, para la confirmación de los hechos invocados por las partes, del aporte fundamental de profesionales de las distintas disciplinas que actúan bajo la figura de peritos, informando de manera auxiliar al juez sobre las cuestiones relativas a su arte y ciencia. Ello convierte a tan importante figura procesal en unactor principal en la administración de justicia al momento en que las partes deben rendir la prueba que hace a su derecho.
 Con el presente proyecto de ley, elaborado en colaboración con los Colegios Profesionales con la participación de los propios peritos, “queremos establecer una regulación integral para todas las especialidades, indicando sus deberes: realización personal de la labor pericial; comparecencia personal ante el juez cada vez que éste lo requiera; observancia de las reglas de lealtad, imparcialidad y buena fe; y la debida confidencialidad y guarda del secreto profesional”, se explica en los fundamentos.
Protección de aportes y honorarios
Asimismo se prevén las distintas situaciones ante la conclusión del proceso sin sentencia, intentando dar una mayor protección a la posibilidad de cobro de los honorarios profesionales y, en el mismo sentido, se indica la obligación de pago por cada una de las partes.  También se hace referencia a la obligación de las partes respecto del pago de los aportes a los Colegios Profesionales.
 Los propulsores de la iniciativa resaltaron que “la normativa propuesta dará respuestas a muchas inquietudes que los profesionales que actúan como auxiliares de la justicia vienen planteando desde hace tiempo, en forma integral y para todas las especialidades”.

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