sábado, 6 de septiembre de 2014

ROSARIO: La Cámara confirmó la condena a ex policía que mató al cuñado y lo tiró a un basural

El hecho que se le adjudica a Irusta ocurrió el 14 de junio de 2011. Ese día el agente se encontró con su cuñado, Sebastián Martín Tedesco, un ex crupier del casino Rosario.
La Capital | 
La Cámara confirmó la condena a ex policía que mató al cuñado y lo tiró a un basural

 La Cámara Penal de Rosario confirmó ayer la pena de 15 años de prisión contra un ex policía acusado de asesinar en 2011 a su cuñado de una puñalada, mutilarlo y arrojarlo dentro de una bolsa en un descampado de la zona oeste de la ciudad para tratar de ocultar el crimen, donde finalmente se halló el cadáver.
Los jueces de Tribunal de Apelación de la Cámara Penal, Adolfo Prunotto, Alfredo Ivaldi Artacho y Daniel Acosta, dictaron la sentencia definitiva en la causa abierta contra Maximiliano Cristian Irusta, un hombre de 26 años que protagonizó un macabro crimen.
Una vieja deuda. El hecho que se le adjudica a Irusta ocurrió el 14 de junio de 2011. Ese día el agente se encontró con su cuñado, Sebastián Martín Tedesco, un ex crupier del casino Rosario de 31 años, para saldar una deuda económica de unos 5 mil pesos, según refirieron sus familiares.
Pasaron las horas y como Tedesco no aparecía, su familia, y en particular su hermana Yésica, le insistió a su novio de rastrear el paradero de Sebastián. La mujer estaba al tanto de la reunión, pero Irusta no le entregó información.
El padrastro de Tedesco hizo la denuncia por la desaparición, y al día siguiente, en horas de la mañana, el cuerpo de Sebastián apareció mutilado en un basural de Presidente Perón al 7900. Una pala mecánica y un camión de recolección de residuos trabajaban en el lugar, por lo que se presume que cargaron el cuerpo en el rodado con compactador y en ese proceso se produjeron las mutilaciones.
Al mismo tiempo, la policía halló la moto abandona de la víctima con las llaves puestas en la zona noroeste de la ciudad. Desde un primer momento la investigación apuntó al agente Irusta, quien se quebró y reconoció el crimen cuando la policía científica encontró rastros de sangre en el interior de su casa.
En noviembre de 2011 el juzgado de Instrucción Nº 2 procesó a Irusta por el homicidio. Contempló las múltiples declaraciones sobre el encuentro entre la víctima y el acusado, comunicaciones telefónicas, mensajes de celular, el testimonio de la hermana de Tedesco, restos de sangre encontrados en el domicilio y en un auto, las heridas que sufrió —concordantes con la pelea— y su confesión.
Pero la defensa de Irusta planteó que el crimen fue como consecuencia de una "legitima defensa". En su descargo señaló que todo se precipitó tras una fuerte discusión por la plata que le debía a Tedesco. Y la pelea se transformó en una lucha violenta donde se agredieron con armas blancas. Según el acusado, su cuñado tomó un cuchillo y él una sartén en una mano y un cuchillo en la otra. Tedesco lo atacó y el ex agente le clavó el cuchillo en el cuello.
Desde atrás. El fiscal Carlos Covani refutó esa postura. Dijo que las pesquisas concluyeron que la causal de la muerte de Tedesco fue la herida punzo penetrante que tenía en el cuello del lado derecho, por lo que para apuñalarlo el agresor lo sorprendió por atrás, lo que descarta el argumento de legítima defensa.
Para reforzar ese hipótesis, surgieron los informes forenses, donde se constató que la causa de la muerte fue por lesiones con "armas con filo", y que el cuerpo había sido seccionado por acción de un elemento obtuso cortante y arrancamiento.
En febrero pasado la jueza a cargo del juzgado de Sentencia Nº 2, María Isabel Más Varela, condenó a Irusta a la pena de 15 años de prisión.
Como el fallo fue apelado por la defensa al entender que la jueza no consideró el atenuante de emoción violenta y la legítima defensa, la Cámara Penal revisó el caso en una audiencia pública que se desarrolló ayer en el primer piso de Tribunales y frente al acusado.
Sin atenuantes. Para el fiscal de Cámaras, Guillermo Camporini, "se trató de un homicidio y no existió ninguna circunstancia atenuante ni justificante". Respecto a la legítima defensa, manifiesto que el informe psiquiátrico determinó que Irusta tiene una personalidad "violenta" y que actuó "fríamente". En base a esos elementos, el funcionario solicitó que se confirme la sentencia.
En un trámite corto, de apenas cinco minutos donde se leyó la parte resolutiva del fallo, el Tribunal de Alzada finalmente confirmó la condena a 15 años de prisión contra Irusta, convalidando todas las actuaciones de baja instancia y durante el juicio.
"Ha confesado su autoría responsable", despejó Prunotto en la fundamentación, por lo que centró la discusión respecto si existió una legítima defensa. En ese sentido fue terminante: "Mal que le pese a la defensa, analizadas las pruebas reunidas en la causa a la luz de las reglas de la experiencia y la sana crítica racional, se infiere de que no hubo agresión ilegítima por parte de la víctima".
"Entiendo que la prueba reunida ha sido valorada correctamente, y resulta suficiente para confirmar la condena impuesta a Irusta", sostuvo Prunotto, apreciación a la que adhirieron sus colegas Ivaldi Artacho y Acosta.

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