viernes, 4 de abril de 2014

AFIP no aplicará el 35 % de recargo en compras a quienes viajen a Malvinas

Es porque los archipiélagos de las islas Malvinas “integran el territorio nacional de la República Argentina”. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial. Allí se explicó que el régimen de adelanto de impuesto a las ganancias y/o bienes personales sólo se aplica a “ciertas operaciones en y con el exterior”. 


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy que no se aplicará el impuesto del 35 por ciento a las compras que realicen quienes viajen a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, porque estos archipiélagos "integran el territorio nacional de la República Argentina". 

Mediante la Resolución General 3609, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, se explicó que el régimen de adelanto de impuesto a las ganancias y/o bienes personales sólo se aplica a "ciertas operaciones en y con el exterior". 

"Las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, integran el territorio nacional de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de impuesto no es de aplicación a la compra de pasajes o servicios turísticos que las tengan como destino ni a las operaciones que allí se efectúen", se precisó. 

De esta manera, los gastos en libras malvinenses (la moneda de curso legal en el archipiélago, equivalente a la libra esterlina) que realicen los turistas argentinos con tarjetas de crédito o débito no tendrán el recargo del 35 por ciento. 

En los considerandos de la norma se remarcó que "algunos operadores turísticos, compañías de transporte de pasajeros y administradoras de tarjetas de crédito, débito y/o compra, han efectuado interpretaciones ajenas al sentido de la citada norma". 

Según la resolución, "la solicitud de validación fiscal de los fondos para la adquisición de moneda extranjera -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, se efectúa seleccionando en el campo ’país de destino referente’ del programa ’Consulta de Operaciones Cambiarias’ establecido mediante el Anexo VI de la Resolución General N 3.421, la opción ’Argentina - Islas Malvinas’". 

Sin embargo, en marzo del año pasado, cuando el recargo era del 20 por ciento, la propia AFIP había dicho que ese monto no se estableció por razones "geopolíticas", sino porque las transacciones que se realizaban en las Islas eran hechas en moneda extranjera. 

A través de un comunicado de marzo de 2013, el organismo había deslindado su responsabilidad al señalar que "la AFIP no puede obligar a los prestadores de servicios que están instalados en las islas Malvinas a que efectúen sus operaciones en pesos". 

La AFIP añadió entonces que el recargo se aplicará "cuando existe un giro de divisas por parte de las agencias de viaje, por cuenta de sujetos que manifiestan capacidad contributiva. 

En otras palabras, si por la modalidad de la prestación es requisito necesario girar las divisas, se aplicará la percepción", agregó. El comunicado del organismo emitido hace poco más de un año señalaba que "las resoluciones de la AFIP no regulan sobre cuestiones geopolíticas, las que deben ser resueltas en el ámbito del Derecho Internacional". 

"El recargo que se practica es sobre los bienes que se adquieren con moneda extranjera. Mientras se adquieran con la tarjeta de crédito en pesos el recargo no participa cuando lo realicen fuera del país", fue la respuesta de la AFIP en aquel momento. (DyN) 

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