martes, 2 de julio de 2013

SANTA FE: Reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria

Será este jueves a las 10 en el Ministerio de la Producción. Se abordará el impacto de la crecida del río Paraná.

Reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria

 El Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Fe informa que para el próximo jueves a las 10 se ha convocado a una nueva reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.
El motivo del encuentro -que se desarrollará en el Salón Amarillo de la cartera productiva- es analizar y evaluar el impacto de la crecida del río Paraná y abordar temas varios.
LA COMISIÓN PROVINCIAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA
La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria tiene carácter consultivo. Está presidida por el ministro de la Producción e integrada por un representante del Ministerio de Economía, uno de la Subsecretaría de Municipios y Comunas, un representante por las Comisiones de Agricultura y Ganadería de ambas Cámaras Legislativas y un representante de cada una de las entidades vinculadas a la actividad agropecuaria de la Provincia.
La misma puede proponer al Poder Ejecutivo provincial, a través del Ministerio de la Producción, la declaración -o prórroga- de Emergencia Agropecuaria, o Zona de Desastre, en áreas territoriales determinadas a nivel de distrito, cuando factores de origen climático, telúrico, biológico o físico, que no fueren previsibles, o siéndolo, fueren inevitables, por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una región, dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias fiscales o el pago de contribuciones.
Asimismo, está habilitada para gestionar ante las instituciones bancarias la concesión de prórrogas especiales de los plazos para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los productores afectados por la emergencia o desastre, así como el otorgamiento de créditos especiales.
En general está facultada para proyectar, organizar y coordinar las medidas necesarias para disminuir o anular los efectos dañosos derivados de aquellos eventos meteorológicos, proponiendo las soluciones que estime idóneas a las áreas que correspondan.

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