viernes, 17 de mayo de 2013

"La calificación de empresa criminal conjunta entre Tognoli y Fernández es un disparate jurídico"


El abogado defensor del ex jefe de la policía santafesina respondió los dichos del fiscal Reynares Solari en la causa en la que se encuentra procesado Tognoli.
.La Capital | 

 Carlos Edwards, abogado que patrocina al ex jefe policial Hugo Tognoli, procesado por vínculos con el narcotráfico, cuestionó la figura legal de la causa. Y cargó además contra el fiscal de la misma, Federico Reynares Solari.
"Como ya lo hemos sostenido ante la Cámara Federal de Rosario, la calificación legal por la cual se procesó a Tognoli y ahora al Comisario Fernández de integrar una empresa criminal conjunta es un verdadero disparate jurídico", expresó Edwards.
Mediante un comunicado, el letrado dijo que "tal figura jurídica únicamente se aplicó para delitos de lesa humanidad, pero no para delitos comunes como el que se investiga en este caso". Y que "en la doctrina internacional dicha figura ha sido criticada por todos los autores, por ser lesiva del principio de culpabilidad, en virtud del cual cada imputado responde por lo que realmente cometió".
El juez federal Carlos Vera Barros procesó al comisario Néstor "Beto" Fernández como coautor en la causa por narcotráfico que ya tiene como procesados al ex jefe de la policía santafesina Hugo Tognoli y al presunto narco Carlos Ascaíni.
Edwards también salió al cruce de los dichos del fiscal Reynares Solari, quien este mediodía dijo que el planteo del defensor de Tognoli de querer llevar el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos lo "ofende como hombre del derecho". El fiscal entiende que "asimilar estos casos al procesamiento de un jefe de policía en el marco de un sistema democrático realmente es un despropósito".
Para Edwards, que Solari "se sienta ofendido evidencia una visión parcializada de la tutela de los derechos humanos", porque "en su errada interpretación sólo procede cuando se trata de un gobierno dictatorial (en referencia a lo sucedido en el precedente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “Velázquez Rodríguez”), ignorando que la violación de los derechos humanos puede provenir de cualquier funcionario de un Estado, incluidos lógicamente los que integran el Poder Judicial o el Ministerio Público Fiscal, conforme surge de la propia Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Y completó: "Un ejemplo palmario de lo afirmado es el caso Fraticelli en el cual el suscripto, en su condición de abogado defensor del mismo, planteó una petición internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el año 2002 por violación a los derechos humanos provenientes de integrantes del Poder Judicial de la provincia de Santa Fe, basado en el citado precedente Velázquez Rodríguez, cuando el proceso penal seguido a Fraticelli estaba en pleno trámite, no encontrándose hasta el día de hoy firme su absolución, y sin embargo la referida petición fue tramitada por el citado organismo internacional, disponiendo, incluso, un Procedimiento de Solución Amistosa a instancia del propio Estado Argentino, lo cual confirma en un caso concreto que se puede acudir a la Comisión Interamericana por violaciones de derechos fundamentales que provengan del Poder Judicial y aunque el proceso no cuente con sentencia firme".

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