lunes, 6 de mayo de 2013

Adhesión de Santa Fe a la ley nacional de protección integral de violencia contra la mujer-MEDIA SANCIÓN EN EL SENADO DE SANTA FE


Mediante un proyecto de ley, presentada por el Sen. Felipe Michlig, y que tuvo acompañamiento y aprobación unánime de sus integrantes, el Senado santafesino en la sesión del pasado 1º de mayo propuso que la provincia de Santa Fe adhiera a la Ley Nacional 26485 denominada “De protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

Adhesión de Santa Fe a la ley nacional de protección integral de violencia contra la mujer

 La iniciativa fue presentada por el senador por San Cristóbal Felipe Michlig y acompañada por los demás senadores radicales del Frente Progresista Rodrigo Borla, Lisandro Enrico, Orfilio Marcón, Germán Giaccomino, Hugo Marcucci y Hugo Rasetto, además del socialista Miguel Lifschiz, y los senadores peronistas José Baucero, Ricardo Kaufmann, Alberto Crosetti, Joaquín Gramajo, Hugo Pucheta, Alcides Calvo, Rubén Pirola, Cristina Berra, Danilo Capitani, Eduardo Rosconi y Armando Traferri.
En el artículo 2do. se determina que las normas de la Ley 12434 de la Provincia de Santa Fe resultan plenamente compatibles con lo dispuesto en el artículo primero de la presente ley en tanto el 3ro. y 4to. facultan al Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe a determinar la autoridad de aplicación de la norma así como a proceder a reglamentarla en un plazo no mayor a ciento ochenta días de sancionada la norma.
En los fundamentos del proyecto, que fuera presentado por primera vez por el legislador por San Cristóbal en noviembre de 2011, se hace referencia a la promulgación de la Ley N° 26.485 del año 2009 que se considera “ vino a llenar un vacío legislativo, en tanto que por primera vez se legisla sobre violencia contra la mujer en sus diversas manifestaciones, otorgándosele así mayor operatividad a los derechos de la mujer incorporados como fuente a través de la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer”, en virtud de ser un tratado internacional con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 del la CN), como así también a los compromisos asumidos en la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer” –Convención de Belem do Pará-, aprobada por Ley N° 24632”.
Destacan también que la provincia de Santa Fe, mediante la normativa establecida en la Ley 12.434, abordó la problemática e impone sanciones al que incurra en violencia laboral dentro de los poderes del estado, mencionando expresamente a la “…administración pública provincial central y descentralizada, sus entidades autárquicas, empresas o sociedades del Estado, sociedades de economía mixta o con participación estatal mayoritaria, en el ámbito de la administración pública municipal y comunal central y organismos descentralizados, entes autárquicos, empresas o sociedades del Estado, comprendiendo también al Poder Judicial y al Poder Legislativo de la Provincia, así como a toda otra entidad u organismo del Estado Provincial, Municipal o Comunal independientemente de su naturaleza jurídica, denominación, ley especial que pudiera regularlo o lugar donde preste sus servicios.”
En función de las políticas públicas que la nación manda a instituir en sus distintas esferas, los senadores santafesinos declaran la compatibilidad de ambas leyes a los fines de su aplicación en el ámbito público provincial coincidiendo los senadores en que resultará indispensable que el PE proceda a crear o determinar cuál será la autoridad de aplicación, otorgándole facultades acordes con las normas establecidas en la ley adherida, teniendo especial consideración a los tratados internacionales incorporados a nuestro derecho positivo por vía constitucional, en la certeza que este texto legal se podrá constituir en un instrumento eficaz, capaz de dar respuestas eficientes que ayuden a erradicar la violencia contra las mujeres, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

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