viernes, 22 de febrero de 2013

Santa Fe, 22 de febrero de 2013.- INADI: ¿ZONAS PELIGROSAS?



            22/02/2013.- El INADI delegación Santa Fe, comunica que el dictamen Nº 726-12 del 29 de diciembre de 2012 considera que la calificación de una zona como “peligrosa o roja” constituye una conducta discriminatoria en los términos de la Ley 23.592, normas complementarias y concordantes.

            El mismo expresa que la calificación como “zona roja” o “zona peligrosa” de un lugar o barrio por estar habitado por personas en situación socioeconómica desventajosa o marginal o de exclusión (o por estar situado en las proximidades de otro con tales características), y la consecuente denegación de la provisión del servicio o asistencia a sus residentes por tal motivo, comporta una actitud prejuiciosa, excluyente y estigmatizante hacia éstos vinculada a dicha situación socioeconómica y al lugar donde residen, con el pernicioso resultado, por negarse a proveer un servicio que resulta imprescindible y esencial como es el de la salud de contribuir a una mayor marginalidad y exclusión de tales habitantes. A todo evento vale señalar que en caso de determinarse la existencia de la “peligrosidad” en cuestión (solo aceptable como resultado de una verificación empírica y no de una presunción general y abstracta relativa a la situación socioeconómica y el lugar de residencia), puede y debe ser enfrentada con respuestas alternativas menos gravosas para los consumidores involucrados (vgr.(*), utilización de servicios de seguridad públicos o privados).

            Es por ello que esta delegación, ante las numerosas consultas realizadas sobre el tema, recomienda evitar la utilización de dichos términos. Asimismo, que servicios tales como: salud, mensajería, transporte, farmacia, gastronómicos entre otros, no sean restringuidos en virtud del lugar de residencia de las/los usuarias/os.









PRENSA INADI
SANTA FE

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