viernes, 9 de noviembre de 2012

Control de plagas en Esperanza


Funcionarios municipales detallaron las tareas que realizaron en el Balneario Camping Municipal para combatir cotorras. Aseguraron que se actuó en un “todo de acuerdo con la legislación vigente”.

En una conferencia de prensa realizada en la Municipalidad de Esperanza, el secretario de Servicios Públicos, Adrián Fernández; el asesor ambiental del municipio, Mauricio Lisa; y el jefe de la División Ambiental municipal, Darío Vogt, dieron a conocer el contenido del informe presentado al Concejo Municipal referido a lo actuado en el reciente “control de plagas en el Balneario Camping Municipal”.


En primera instancia los funcionarios informaron que ya concluyeron las tareas de control de plagas programadas, direccionadas específicamente hacia el control y erradicación de las cotorras que infestaban en gran medida todas las instalaciones del Balneario Camping Municipal. Desde el Ejecutivo “se contabilizaron más de 400 nidos que imposibilitaban el uso y disfrute del predio” y que se erradicaron como medida de prevención sanitaria evitando la posibilidad de contagio de distintas enfermedades transmisibles por esta especie, como la psitacosis.


Además, remarcaron que el trabajo realizado se enmarcó en lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.923, cuyo Artículo 2º define “por plaga a todo organismo nocivo para las especies vegetales naturales y cultivadas de interés agrícola, en contra de los cuales han de tomarse medidas para evitar su ingreso a la provincia y lograr su erradicación o control”.


Luego, adujeron que el artículo 10º establece que “las personas están obligadas a efectuar por su cuenta, dentro de los inmuebles y/o medios de transporte de los que sean titulares dominiales, poseedores o tenedores, las medidas para el adecuado control de las plagas, con personal y elementos suficientes, proporcionados a la extensión del fundo o la cosa y a la infestación o infección”.


Asimismo, el artículo 13º expresa que “en las tierras fiscales, sean provinciales o municipales, establecimientos públicos, rutas, caminos y otras vías públicas, así como en las vías férreas, torres de alta tensión y aquellas que sean propiedad de particulares o en la concesión a los mismos, regirán las obligaciones que establecen la presente ley y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten, debiendo proceder a ejecutar los trabajos las autoridades de que dependan”, siendo el Ministerio de la Producción de la provincia, a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal, el organismo de aplicación.


Esos trabajos, además, tuvieron su “raíz en la intimación que realizó la citada Dirección General de Sanidad Vegetal al Municipio de Esperanza, solicitando la erradicación de esta plaga en dicho predio por «infestación severa de cotorras», según consta en las Actas Nº 1.868 de fecha 24 de octubre de 2007; Nº 2.027 de fecha 08 de mayo de 2008 y en nota de fecha 21 de mayo de 2008 remitida por la sub directora de la Dirección General de Sanidad Vegetal, Marta Anglada”.


En esa misiva se desestimaron los trabajos de “control realizados a través de la extracción de eucaliptus, como método efectivo de control, siendo estas ponderaciones técnicas emitidas por funcionarios de dicho organismo de control del Ministerio de la Producción”, argumentaron.


“Es por ello –continúa el texto–que con anterioridad al comienzo de los trabajos, se solicitó que la Dirección General de Sanidad Vegetal informe a la Municipalidad de Esperanza sobre el listado de empresas y/o personas habilitadas por dicho organismo para efectuar estas tareas, cumpliendo con las normas en vigencia y utilizando productos aprobados por ese Ministerio”.


“A partir de esa información, se contrató a Miguel Theller de la localidad de Pilar con Registro K 360 ante la Dirección General de Sanidad Vegetal, procediéndose además a tomar todos los recaudos que incluyeron el cierre del predio por siete días, y realizando las tareas de control y limpieza que se solicitaron, a los efectos de minimizar posibles impactos negativos en el ambiente, y cumplir en todo con lo que establece la normativa vigente y su autoridad de aplicación”, aseguraron.


“Así, en fecha 30 de octubre, el Ministerio de la Producción realizó una inspección de los trabajos realizados. Se hicieron presentes el jefe de la división Control de Plagas, Carlos Mendoza, y el inspector Hugo Monteverde, ambos funcionarios de la Dirección General de Sanidad Vegetal de dicho Ministerio, quienes fueron atendidos por personal de la División Saneamiento de la Municipalidad de Esperanza”, afirmaron.


“Se labró, además, el acta correspondiente en donde consta que la División Saneamiento municipal solicitó información y autorización al subdirector de Sanidad Vegetal del Ministerio de la Producción, Thour, quién ratificó la autorización de Theller como empresa inscripta y autorizada por dicho organismo, para el control de esa plaga. También consta en el acta el producto utilizado (carbofurán), que fuera de conocimiento y avalado por el Ministerio de la Producción. A tal efecto se solicitó a dicho ministerio informe sobre «el grado de toxicidad del producto antes mencionado, y sus efectos sobre la fauna, flora y los seres humanos; como así también el protocolo de procedimiento para su aplicación»”.


“De todo lo actuado y de la documentación obrante, se deduce claramente que la Municipalidad de Esperanza, sus funcionarios y dependencias técnicas, actuaron en un todo de acuerdo con la legislación vigente; con la total autorización y supervisión de los funcionarios del Ministerio de la Producción; realizando los trabajos con empresas autorizadas por dicho organismo; y con productos autorizados por la Dirección General de Sanidad Vegetal como organismo de control”, concluyó.

No hay comentarios:

Publicar un comentario