domingo, 9 de septiembre de 2012

STA FE: La reforma tributaria rascará recursos en diferentes actividades

El dictamen consensuado por oficialistas y algunos opositores en la Cámara de Diputados plantea una mirada más progresista de cómo se estructurará el sistema impositivo santafesino.

El proyecto de reforma tributaria que plantean aprobar los diputados kirchneristas y del Frente Progresista el próximo jueves tiene dos puntos específicos que revisten el mayor grado de conflictividad: el revalúo del impuesto Inmobiliario Rural y el cobro de Ingresos Brutos a industrias que facturen más de 80 millones de pesos. No obstante, el texto en cuestión establece otros cambios sustanciales en el sistema fiscal santafesino.

En primer lugar, el dictamen consensuado en tres comisiones de la Cámara baja establece cobrar el uno por ciento de Ingresos Brutos al comercio al por menor de medicamentos, a la agricultura y ganadería, a la caza ordinaria y a la extracción de madera.

La industrialización y expendio al público de combustibles líquidos y gas natural tendrá que abonar una alícuota del 0,25 por ciento. Cuando no sea para venta al público del uno por ciento Los artículos 7 y 8 de la iniciativa son los que prevén el cobro del 0,5 por ciento de Ingresos Brutos a todas las industrias –alimenticias, del curtido y terminación del cuero, de fabricación de artículos de marroquinería, talabartería, fabricación de calzados y sus partes y la producción primaria, de las empresas productoras radicadas en Santa Fe– que facturen igual o más de 80 millones de pesos anuales.

De todas maneras, aquellas industrias cuyos ingresos provengan del expendio de productos de propia elaboración directamente al público consumidor tributarán a la alícuota básica. Por otra parte, se autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar la alícuota básica del 3,5 por ciento hasta un 30 por ciento más cuando las actividades sean realizadas por contribuyentes radicados fuera de la provincia.

Asimismo, se establece que los acopiadores de productos agropecuarios, el comercio al por mayor de medicamentos, las ART, las compañías de seguro, la comercialización de juegos de azar, la publicidad y propaganda, el comercio al por mayor y por menor de tabacos y cigarrillos, entre otros, tendrán una carga impositiva del 4,5 por ciento.

Otras tres actividades tendrían que pagar cinco por ciento de Ingresos Brutos, como lo son la compra-venta de divisas, servicios de telefonía fija que no sean prestadas por cooperativas y servicios de internet. Y 5,5 por ciento será la carga fiscal para acopiadores de productos agropecuarios radicados fuera de la provincia, la retribución de emisores de tarjetas de crédito y negociación de planes de ahorro.

En tanto, para la construcción de inmuebles se prevé un dos por ciento para aquellas empresas radicadas en Santa Fe y hasta un tres por ciento cuando sean de otras jurisdicciones. Igual trato tendrá el comercio al por mayor y menor de agroquímicos, semillas y fertilizantes. Las cooperativas de trabajo cuya facturación sea menor a 2,5 millones de pesos anuales quedarán exentas.

Por último, la telefonía celular móvil y los préstamos de dinero, descuento de documentos de tercero y demás operaciones efectuadas por los bancos y otras instituciones tendrán un tasa de seis por ciento. A la vez que habrá aumento en los gravámenes para actividades como cabarets, confiterías bailables, cafés concerts, hoteles alojamiento y salas de explotación de juegos de bingos.

Campo abierto
Tanto la Mesa de Enlace como la Federación Agraria Argentina salieron con los tapones de punta contra el revalúo del Inmobiliario Rural que quieren aprobar casi una treintena de diputados el jueves que viene. El malestar no sólo radica en el aumento del tributo sino también porque el cambio de la valuación fiscal de las propiedades disparará el cobro de dos impuestos nacionales: Bienes Personales y Renta Presunta.

El texto que reúne mayor consenso político pretende que para los inmuebles rurales el incremento sea del 120 por ciento en los valores de las valuaciones fiscales. Sobre esa premisa (valor de referencia para el cálculo) se sumará una suba del 100 por ciento para los rangos 2 y 3, del 150 por ciento para los rangos 4 y 5, del 200 por ciento para los rangos 6 y 7, del 250 por ciento para los rangos 8 y 9, y de 300 por ciento para los rangos 10 y 11.

Excepcionalmente, para aquellos contribuyentes titulares de un único inmueble rural, cuya superficie no supere el 50 por ciento de la Unidad Económica Agraria, el impuesto que en definitiva se determine para el período fiscal 2012 no podrá superar en un 50 por ciento el impuesto inicialmente liquidado para el presente período. Además, se buscará cobrar un adicional del 50 por ciento más a grandes propietarios rurales cuyas valuaciones superen el valor fiscal de 836.000,01 pesos.

En relación al Inmobiliario Urbano y Suburbano, no habrá revalúos y sólo se permitirán aumentos para los rangos superiores de la pirámide contributiva. Es decir, para el rango 5 el incremento será del 20 por ciento, para el rango 6 del 30 por ciento, para el rango 7 del 60 por ciento y para el rango 8 del 75 por ciento. Del rango 1 al 4 no habrá cambios (65 por ciento de las partidas).

También, aquellos contribuyentes que sean titulares o poseedores de un inmueble o grupo de inmuebles que en su conjunto superen los 3.000 metros cuadrados de superficie, deberán pagar un incremento del ciento por ciento del impuesto inmobiliario determinado en el proyecto del kirchnerismo y del Frente Progresista.

Uno de los rasgos más importantes del dictamen tiene que ver con la necesidad de revalúos periódicos de ahora en más para que las diferencias abismales entre los valores de mercado y fiscales de las propiedades (rurales y urbanas) comiencen a achicarse de forma paulatina y progresiva en los próximos años. Así quedó establecido en el artículo 31. “Dispónese la revaluación general de la propiedad inmueble y el perfeccionamiento del Registro Catastral con fines impositivos y estadísticos, en concordancia con lo dispuesto por ley 2.996 y modificatorias. El Poder Ejecutivo remitirá a la Legislatura para su aprobación dentro de los 24 meses de promulgada la presente, las nuevas valuaciones máximas y mínimas por hectáreas y por distritos para las parcelas rurales”, dice el texto.

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