martes, 3 de abril de 2012

NAC. El empresario Raúl Moneta deberá pedir permiso para salir del país

Es por una causa de extorsión contra el juez Barbarosch. Llaman a declarar a diputados. Las negociaciones para adquirir Cablevisión.

Nada sencilla es la situación judicial del empresario de medios, Raúl Moneta. Ahora la Justicia le exigió \"contar con una autorización expedida por este Tribunal para poder salir del país\". Quien libró la orden fue el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°2 a cargo de Marcelo Martínez De Giorgi. La causa fue caratulada \"Moneta Raúl y otros S/Extorsión\" y se remonta al año 2001 cuando el empresario estaba en negociaciones con el grupo Hicks para adquirir Cablevisión. Pero la gestión no prosperó y ELP Investment-Moneta inició una causa por estafa contra Hicks. Allí los jueces Gustavo Bruzzone y Alfredo Barbarosch fallaron en contra de Moneta. Alegaron que el empresario había hecho \"forum shopping\" (que había elegido a los jueces que intervinieron en el caso). Este fallo determinó, a su vez, la destitución del juez de instrucción Juan José Mahdjoubian y la renuncia de Ismael Muratorio. Y este hecho originó que, casi inmediatamente, 71 diputados nacionales solicitaran el jucio político contra Barbarosch por su supuesta vinculación con integrantes del directorio de Cablevisión. Entre los firmantes se encuentran Antonio Rattín, Juan Urtubey, Daniel Basile, Gerónimo Vargas Aignasse, Hugo Franco, Adrián Menem, Humberto Roggero, María del Cármen Alarcón, Cristian Ritondo, Juan Carlos Gioja, Adriana Bortolozzi y Carlos Macchi. Años después, con los veredictos de su lado, Barbarosch denunció a Moneta y a 71 diputados. En diálogo con Perfil.com, el juez manifestó que \"esperaba esta decisión\". Además señaló que aún falta saber \"que pasó con las firmas y espero que los diputados señalen si la firma era de ellos o no\". Embargado. Hace unos días la Justicia confirmó el embargo contra el empresario por la suma de 25 millones de pesos. La defensa de Moneta se había quejado por la magnitud del monto embargado por considerarlo \"arbitrario\", pero los jueces de la Sala II de la Cámara remarcaron que fijó esa suma \"considerando la necesidad de cautelar junto a las sumas correspondientes al pago de la tasa de justicia, los emolumentos de los abogados particulares intervinientes y la multa del artículo 22 bis del Código Penal\" que habilita la imposición de una multa si el hecho fue cometido con ánimo de lucro.

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